27

may
2022
Código de conducta
Somos comprometidos

Con el fin de contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes, Almeydas Travel en cumplimiento de los artículos 16 y 17 de la ley 679 de 2001 y la ley 1336 de 2009 y la resolución 3840 de 2009, nos comprometemos con las siguientes obligaciones legales:

Con el fin de contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes, Almeydas Travel en cumplimiento de los artículos 16 y 17 de la ley 679 de 2001 y la ley 1336 de 2009 y la resolución 3840 de 2009, nos comprometemos con las siguientes obligaciones legales:

Abstenernos de ofrecer en los programas de promoción turística y en planes turísticos, expresa o sobresticiamente planes de explotación sexual de menores.

Adoptar las medidas tendientes a impedir que los empleados de Almeydas Travel dependientes o intermediarios ofrezcan servicios turísticos que incluyan contactos sexuales con menores de edad.

Proteger a los menores de edad nacionales o extranjeros de toda forma de explotación y violencia sexual originada por nacionales o extranjeros.

Incorporar dentro de nuestra publicidad turística y campañas de mercadeo, información sobre las consecuencias legales de la explotación, pornografía y el turismo sexual con niños y niñas adolescentes.

En Almeydas Travel nos abstenemos de dar información a turistas directamente o por medio de nuestros empleados o cercanos acerca de lugares donde se coordinen o presten servicios sexuales con menores de edad.

En Almeydas Travel nos abstenemos de conducir a turistas a establecimientos o lugares donde se practique la prostitución con menores de edad.

En Almeydas Travel nos abstenemos de conducir a menores de edad a los establecimientos o sitios donde se encuentren hospedados los turistas incluso si se trata de lugares localizados en altamar con fines de prostitución.

En Almeydas Travel nos abstenemos de utilizar vehículos en rutas turísticas confines de prostitución o de abuso sexual con menores de edad.

Impedir el ingreso de menores de edad a lugares de alojamiento, bares, negocios similares, y demás establecimientos turísticos o no con fines de prostitución o abuso sexual de menores de edad.

Rechazamos la explotación laboral infantil.

Rechazamos la discriminación de Raza o Genero

Comunicaremos oportunamente a la policía de nuestro municipio o autoridades competentes, los casos de comercio sexual con menores que se detecten y evidencien con los clientes, proveedores y operadores turísticos.

Socializar a los clientes, proveedores, operadores turísticos, socios, aliados y otras agencias del sector turístico que rechacen la participación en la explotación sexual de menores y que informen sobre todos los casos de explotación sexual de niños y niñas menores de edad de los que tengan conocimiento.

Denunciar ante el ministerio de comercio Industria y turismo, la Fiscalía General de la Nación, el ICBF y demás organismos competentes, los hechos relacionados con la explotación sexual de menores de edad.

También nos comprometemos con implementar mecanismos de vigilancia, medidas preventivas y correctivas orientadas a evitar la explotación y el turismo sexual con niños y niñas menores de edad.

En constancia y con el fiel seguimiento al cumplimiento del presente código de conducta se designó al Señor HENRY TOMAS MONTENEGRO RIAÑO con El Cargo de Gerente de la Agencia de Viajes Almeydas Travel.

Recuerde

Quien incurra en explotación, pornografía, y turismo sexual con niños y niñas menores de edad, será castigado con pena privativa de la libertad y sanciones de carácter pecuniario y administrativo por las autoridades competentes.

Diligenciado y aprobado por:

HENRY TOMAS MONTENEGRO
GERENTE GENERAL
ALMEYDASTRAVEL
RNT 20552